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viernes, 6 de enero de 2012

REGENERACIÓN POLÍTICA (Reformas Estructurales)

Serie II. 
Artículo 1

Según mi criterio, todo lo dicho en artículos anteriores y especialmente la propuesta para salir de la crisis, solamente tiene posibilidades de viabilidad si se realizan las urgentes Reformas Estructurales.

Ante los graves problemas que tiene la España de hoy y la incapacidad del Gobierno anterior para hacer algo positivo y esperanzador, y no dejar este “solar económico” en que se ha convertido España, parece lógico que Gobierno y Oposición deberían alcanzar un acuerdo con el fin de iniciar de inmediato las necesarias Reformas Estructurales.

Aquí las voy a dividir en dos grupos:


1.      Reformas INMEDIATAS, directamente relacionadas, (causa/efecto), con la obtención de eficacia en las Soluciones que hemos propuesto anteriormente, y que están relacionadas con los Problemas esenciales:




Problemas
PARO
DEUDA

Soluciones

REFORMAS

Resultados

EMPLEO
RECUPERACIÓN


Tales Reformas son:

·           Laboral
·           Modelo de Estado
·           Electoral
·           Regeneración Política
·           Financiera
·           Administración

`

2.      Aquellas reformas, que siendo indispensables para la regeneración integral de la situación española, no son tan inmediatas como las anteriores, ni sus frutos se recogerán necesariamente en el corto plazo, siendo los tiempos para la obtención de resultados diferentes entre unas y otras.



·       Educativa
·       Jurídica
·       Sanitaria
·       Energética
·       ……………



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Dicho esto y a pasar de haberlas ordenado en los párrafos anteriores con un cierto orden directamente relacionado con su urgencia para resolver la crisis, vamos a comenzar por una REFORMA, que, aunque pueda parecer testimonial, es esencial para que los ciudadanos españoles dejemos de desconfiar en la clase política, y se terminen para siempre los desmanes y las corrupciones que acompañan siempre a una parte de los miembros gobernantes y podamos creer, de una vez, que nuestros políticos son, verdaderamente,

empleados nuestros, ADMINISTRADORES PROVISIONALES,
que viven con el sueldo que tenemos a bien concederles:




La REGENERACIÓN POLÍTICA



1.   Duración de los mandatos


·        Ningún político podrá ocupar el cargo electo por un periodo superior a 8 años, es decir dos legislaturas. (Esta Norma y las que siguen serán aplicadas por Ley, y no se dejarán a la voluntad personal).

·        Esto es válido para todos, desde el Presidente del Gobierno, los Diputados del Congreso, y el Presidente de la Cámara, hasta los Alcaldes y Concejales de cualquier municipio.

·        Esta Ley será igualmente aplicable a los cargos políticos de libre designación para la Administración, desde los Ministros del Gobierno hasta los Directores Generales de cualquier ministerio.

·        El político no podrá, en ningún caso, volver a ocupar ese u otro cargo en cualquier momento posterior a la ocupación de aquel. 

·        Como excepción, será admitida la pertenencia en el tiempo a diferentes puestos políticos si son progresivamente ascendentes: por ejemplo, Director General y después Ministro del mismo ministerio o de otro…….y Presidente del Gobierno.

·        Tampoco podrá ocupar ningún ex-político cargo alguno en Empresas Estatales, administradas con dinero del Estado, es decir de todos los españoles.

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2.   Persona “Imputada”


·        No podrá formar parte de ninguna lista electoral la persona que esté Imputada ante los tribunales por caso de corrupción o por cualquier otra causa.

  • Todos los españoles son iguales ante la Ley. En consecuencia, desaparición inmediata de los privilegios de"AFORADOS" para los Miembros del Congreso y del Senado.


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3.   Experiencia Laboral


·        No podrá presentarse a ningún cargo electo persona que no haya tenido previamente alguna experiencia empresarial, profesional o simplemente laboral.

·        Esto pretende:

§        Que cualquier candidato haya cotizado alguna vez a la Seguridad Social.

§        Que no existan políticos de profesión”.

§        La política no debe ser una profesión, sinoun SERVICIO temporala la Comunidad.

§        Terminada su actividad política, el interesado  se reintegrará, si lo desea, a su actividad anterior o a cualquier otra actividad, remunerada o no.

§        Con ello se pretende también, respetar el siguiente punto: la JUBILACIÓN.

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4.   Pensión de Jubilación


·        En ningún caso político alguno tendrá trato especial para su jubilación, diferente a la Ley general de jubilación de todos los españoles.

·        Esta Ley será igualmente aplicable, por supuesto, al Presidente del Gobierno.

·        Se computará el periodo de actividad política con las mismas condiciones que los restantes periodos de su vida laboral, anteriores o posteriores a su actividad de “servicio a la Comunidad”.

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5.   Sueldos


·        Como un tipo de “Funcionarios” del Estado, o miembros de la Administración del Estado, los sueldos de los políticos serán fijados, de acuerdo con unos baremos “justos” dentro de la Administración, por un organismo “SUPRA ADMINISTRATIVO”. y total y constatadamente independiente.

·        En ningún caso se aplicará el sistema actual según el cual, los Diputados del Congreso se fijan sus propios sueldos, (y prerrogativas y privilegios), los Alcaldes se fijan sus propios sueldos y los de los Concejales……y así sucesivamente.

·        En ningún caso se podrán acumular sueldos:

Se supone que cualquier político ejerce sus actividades con los mismos derechos y deberes que cualquier ciudadano que trabaja, entre ellos los funcionarios.

En este sentido, ejerce su actividad “a tiempo completo”, estando disponible para el ejercicio de sus obligaciones y las que le ordene el órgano superior, durante las mismas horas anuales que cualquier español.



Ejemplo:

Un miembro del Congreso tiene todas las horas laborables a disposición de su puesto, y por ello tiene un sueldo. Y si se le encomienda formar parte de una o varias Comisiones especiales, no podrá recibir ningún sueldo ni gratificación complementaria.

Las últimas noticias sobre este tema son objeto de escándalo:

“El triple sueldo de Tomás Gómez dispara las críticas a nivel interno del Partido Socialista”. Son criticadas por "codiciosas" dados los "catastróficos" resultados electorales obtenidos el pasado 22 de mayo”.

“El secretario general del PSOE madrileño y portavoz del grupo, Tomás Gómez, pasa desde el día 26 de Junio a cobrar su tercer sueldo, en calidad de Senador por la Comunidad de Madrid. El sueldo total del último candidato socialista a la región supera los 170.000 euros anuales”:


·        Diputado Autonómico………………….42.000 €/año
·        Secretario General del PSM……………..75.000 €/año
·        Senador de Madrid………………….………55.000 €/año


Según los estatutos del Senado, a este salario no se puede renunciar. Pero desde el propio Partido Socialista Madrileño recuerdan que sí lo podría donar a alguna organización, "como a los indignados del 15-M por los que tanto aprecio ha manifestado".
El Economista-29-6-2011


Y nosotros nos preguntamos, enlazando con el Gasto Estatal, (es decir, el dinero de todos los españoles), y con el apartado de las Subvenciones, que comentamos anteriormente,

¿El Partido Socialista pagaría esos 75.000 euros anuales a uno de sus miembros, por ser Secretario General de Madrid, (tiene 17 Secretarios autonómicos en toda España), si los partidos políticos NO RECIBIESEN DEL ESTADO esos más de 130 millones de euros anuales, y se tuviesen que administrar y mantener con las cuotas de sus afiliados?

¡Parece más que dudoso!

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Otro caso:

Según el diario El PAÍS, (Octubre 2010), y según la declaración de Renta de la Sra. de Cospedal, sus percepciones en el 2009 fueron poco menos de 240.000 euros:

·        Secretaria General del PP………………..…..167. 865 €/año
·        Senadora por Madrid……………….……..…44.772  €/año
·        Indemnización Senado por gastos…….…25.539  €/año

El País-25-10-2010

Pues, mismo razonamiento que en el caso del Sr. GÓMEZ:

¿Le pagaría el PP esa barbaridad de ingresos anuales
si el partido no recibiese Subvenciones del Estado?


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Y un tercero:
El caso de la ex Ministra de Sanidad, LEYRE PAJÍN, 250.000 €/año:


·        Secretaria de Organización del PSOE…………....78.000 €/año
·        Senadora por Madrid……………….………………...…66.000 €/año
·        Indemnización por Ex Secretaria de Estado…..…84.000 €/año
·        Dietas………………………………………..………………….21.600 €/año

Pues más de lo mismo. ¡Vergonzoso!
Vergonzoso e inadmisible.

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6.   Coches Oficiales y Escoltas


·        Solamente dispondrán de coches oficiales los siguientes cargos:

§       El Presidente del Gobierno
§       El Presidente del Congreso
§       Los Ministros del Gobierno
§       Los Jueces del Supremo
§       Los Jueces de la Audiencia Nacional
§       Los Alcaldes de las Capitales de Provincia

·        Dispondrán de Escolta Oficial los mismos cargos del punto anterior.

·        Este último punto será reconsiderado solamente en el caso en el que la banda terrorista ETA iniciase alguna actividad asesina.

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7.   Aviones del Ejército o similares


·        Ningún cargo político, a excepción del Presidente del Gobierno, (y siempre que sea en ejercicio de sus funciones), podrá utilizar, en ninguna circunstancia, los aviones del ejercito, (Falcon…)

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8.   Tráfico de influencias


·        Todo político de cualquier nivel, será fulminantemente dimitido en el momento en el que se tengan pruebas de que ha sido protagonista de haber utilizado su poder o sus relaciones e influencias para cualquier tipo de operaciones que, aunque no sean consideradas delictivas, caen fuera del código ético en el ejercicio de su “Servicio a la Comunidad”.

·        Tales serían, por ejemplo:

§        Facilitar o recomendar una contratación para el Estado, o su ámbito político concreto, de obra o servicio de una empresa o persona

§        Facilitar o recomendar a un pariente físico o político para un puesto de la Administración

§        Cobrar comisión alguna, para si mismo o para persona o empresa, por uso de su influencia

§        Facilitar o recomendar a otra persona para que cobre comisión de cualquier tipo

§        Admitir para sí mismo regalos diversos, de cualquier tipo, durante el ejercicio de su cargo.

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9.   Nombramientos de libre designación


·        Queda prohibido cualquier tipo de designación de una persona para ocupar un puesto en la Administración:

§    Si no es Funcionario en ejercicio.
§    Si no es un cargo político del nivel al que se refiere este capítulo.

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10.   Patrimonio de los Políticos


·        Todo cargo político deberá realizar antes de la toma de posesión de su cargo, una DECLARACIÓN JURADA, ante Notario, de sus bienes de todo tipo, es decir de su Patrimonio.

·        Deberá igualmente realizar una declaración similar al término del ejercicio de su cargo.

·        Ambas declaraciones estarán en todo momento, a disposición de cualquier ciudadano español en las oficinas del Registro Mercantil.

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11.   Ex Políticos

·        Al término de su mandato, ningún político, incluidos los Presidentes del Gobierno, gozaran de algún privilegio especial, de cualquier tipo que sea.

  • Desaparecen todo tipo de Medallas, Condecoraciones o cualesquiera tipo de "artilugios" que vayan acompañados de remuneración económica.


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Los mejores huyen de la política
Se ha creado una casta de políticos profesionales,
que se han labrado una carrera de apparatchic en su partido,
en ocasiones desde la adolescencia.

Carecen de un bagaje profesional e intelectual previo.

Su objetivo ya no es mejorar la vida de la gente mediante unas ideas,
sino simple y llanamente ganar las elecciones para ocupar el PODER.

Las encuestas priman sobre el pensamiento.
Los titulares importan más que las personas.

Luis Ventoso-8-8-2011



Así Sea

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